Normas

Normas de pesca recreativa

Licencias, cupos, horarios, distancias, vedas y zonas prohibidas de cada comunidad, resumidos y con sus fuentes oficiales.

Resumen orientativo revisado el 23 de octubre de 2026. Lo que vale es la norma oficial: ante la duda, consulta la fuente.

Galicia

Xunta de Galicia · Consellería do Mar

  • Superficie (clase A)TierraBarco
  • Submarina (clase C)Submarina
  • Barcos de alquiler (6.ª lista, clase B)Barco
  • Submarina: hoy no está permitida (fuera de mayo–septiembre, solo sábados, domingos y festivos). Próximo día: sábado, 7 de noviembre.
  • Los festivos autonómicos también cuentan: consulta el calendario oficial.

Asturias

Principado de Asturias · Dirección General de Pesca Marítima

  • De costaTierra
  • De embarcaciónBarco
  • SubmarinaSubmarina
  • Ninguna veda de peces en vigor para la pesca recreativa.

Cantabria

Gobierno de Cantabria · Dirección General de Pesca y Alimentación

  • 1.ª claseTierraBarco
  • 2.ª claseSubmarina
  • Ninguna veda de peces en vigor para la pesca recreativa.

País Vasco

Gobierno Vasco · Dirección de Pesca y Acuicultura

  • SuperficieTierraBarco
  • SubmarinaSubmarina
  • Ninguna veda de peces en vigor para la pesca recreativa.

Andalucía atlántica

Junta de Andalucía · Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

  • Licencia de pesca marítima recreativa
  • Ninguna veda de peces en vigor para la pesca recreativa.

Andalucía mediterránea

Junta de Andalucía · Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

  • Licencia de pesca marítima recreativa
  • Ninguna veda de peces en vigor para la pesca recreativa.

Ceuta

Ciudad Autónoma de Ceuta

  • Licencia de pesca marítima de recreo
  • Ninguna veda de peces en vigor para la pesca recreativa.

Melilla

Ciudad Autónoma de Melilla

  • Licencia de pesca marítima de recreo
  • Ninguna veda de peces en vigor para la pesca recreativa.

Región de Murcia

Región de Murcia · Dirección General competente en pesca

  • Desde tierraTierra
  • EmbarcaciónBarco
  • SubmarinaSubmarina
  • ColectivaBarco
  • Ninguna veda de peces en vigor para la pesca recreativa.

Comunidad Valenciana

Generalitat Valenciana · Conselleria competente en pesca

  • Desde tierraTierra
  • EmbarcaciónBarco
  • SubmarinaSubmarina
  • Ninguna veda de peces en vigor para la pesca recreativa.

Cataluña

Generalitat de Catalunya · Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació

  • SuperficieTierraBarco
  • SubmarinaSubmarina
  • Ninguna veda de peces en vigor para la pesca recreativa.

Islas Baleares

Govern de les Illes Balears · Dirección General de Pesca y consejos insulares

  • IndividualTierraBarco
  • EmbarcaciónBarco
  • SubmarinaSubmarina
  • ChárterBarco
  • Ninguna veda de peces en vigor para la pesca recreativa.

Canarias

Gobierno de Canarias · Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria

  • 3.ª claseTierraBarco
  • 1.ª claseBarco
  • 2.ª claseSubmarina
  • Ninguna veda de peces en vigor para la pesca recreativa.

En toda la costa

  • Lubina, abadejo, lenguado, merluza y bonito, entre otras: declara cada captura en la app PescaREC en 24 horas, también las que devuelvas al mar.
  • Prohibido vender o intercambiar lo que pesques.
  • Si una pieza no llega a la talla mínima, devuélvela viva al agua.

Mar adentro: normas del Estado

Fuera de las líneas de base (la línea recta que une los cabos) las aguas son exteriores y rige el Real Decreto 347/2011.

  • La licencia la expide igualmente una comunidad autónoma; desde tierra se siguen las normas de la comunidad en cuya costa pescas.
  • Lubina: 42 cm en el Cantábrico y Noroeste.
  • Desde barco: línea de mano, caña, curricán, volantín y potera; como mucho 2 carretes eléctricos por barco.Barco
  • 300 m de los pesqueros profesionales (500 m si pescan túnidos a caña), 148 m de sus artes y 200 m de las instalaciones de acuicultura.BarcoSubmarina
  • Prohibido atraer a los peces, sobre todo con luces, salvo el brumeo con pequeños pelágicos.BarcoSubmarina
  • Submarina: solo a pulmón y de día, boya a 25 m como máximo, el fusil descargado fuera del agua y sin equipos de buceo a bordo; prohibidos los focos (salvo linterna de mano) y los scooters.Submarina
  • Especies de protección diferenciada (anexo II): el barco necesita una autorización de la Secretaría General de Pesca.Barco

Cambios recientes

Lo último que ha cambiado en las normas de pesca recreativa de la costa.

  1. 20 de marzo de 2026 · Estado

    PescaREC pasa a ser obligatoria: lubina, abadejo, lenguado, merluza y bonito se declaran en 24 horas, también si se sueltan.

    Real Decreto 214/2026 (PescaREC)
  2. 25 de febrero de 2025 · Cantabria

    La veda de la sepia vuelve a ser del 15 de mayo al 15 de agosto.

    Orden DES/06/2025 (veda de la sepia)
  3. 2024 · País Vasco

    Lubina al este de la isla de Santa Clara (Donostia): 44 cm y 1 ejemplar por licencia y día.

    Gobierno Vasco · Tallas y cupos
  4. 4 de marzo de 2021 · Cantabria

    Nueva Ley de Pesca Marítima de Cantabria: licencia de 1.ª clase (tierra y barco) y de 2.ª clase (submarina).

    Ley 1/2021 de Pesca Marítima de Cantabria (BOE)
  5. 28 de julio de 2020 · Estado

    Lubina: talla mínima de 42 cm para la pesca recreativa en el Cantábrico y Noroeste.

    Real Decreto 347/2011 (aguas exteriores)
  6. 19 de julio de 2019 · Cantabria

    Se permite la pesca recreativa del pulpo con autorización especial: 1 pieza de 1 kg o más al día.

    Decreto 99/2019 (pulpo)

Cada mañana revisamos el BOE y los boletines oficiales de Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco y Baleares para detectar cambios; las normas del resto de comunidades las revisamos a mano periódicamente.